Micelio
Auto25 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Alejandro Linares Cantillo

Demandante Dialy Ser Sas·Demandado Saludcoop Eps En Liquidacion Ministerio De Salud Y Proteccion Social Y Superintendencia Nacional De Salud

Tema · dato duro
Demanda De Nulidad Y Restablecimiento De Derecho Interpuesta En Contra De Acto Administrativo Expedido Por Agente Liquidador De Eps.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Bogotá.

Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer el medio de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto por Daily Ser S.A. contra varias Resoluciones proferidas por la agente liquidadora de Saludcoop EPS, pretendiendo además, el pago de unas obligaciones relacionadas con la prestación de servicios de salud y sus correspondientes intereses moratorios.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Sala reiteró lo dispuesto en el auto 343 de 2021, según el cual, los numerales 1º y 2º del artículo 295 del EOSF y el parágrafo 2º del artículo 233 de la Ley 100 de 1993 atribuyen a la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo la competencia para conocer de los asuntos en que se pretenda la nulidad de un acto administrativo de un agente liquidador proferido en el marco del trámite liquidatorio forzoso de una EPS, iniciado por la Superintendencia de Nacional de Salud, tal como ocurre en el presente caso.

En consecuencia, la Sala Plena concluye que el juez competente es la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y le remitió el presente asunto para lo de su competencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 10 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que le corresponde al mencionado Tribunal Administrativo de Cundinamarca, el conocimiento del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por Dialy Ser S.A.S.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1747 a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado 10 Laboral del Circuito de Bogotá.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.